Programa de Incentivos y ayudas para autoconsumo en viviendas en Andalucía.

Si estás en este sitio y en este momento, significa dos cosas:

  • Estas interesado en hacer una instalación de autoconsumo fotovoltaico.
  • Quieres beneficiarte de las ayudas para autoconsumo que ofrece la Agencia Andaluza de la Energía.

A modo informativo, debes saber que el «PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA ENERGÍAS RENOVABLES EN AUTOCONSUMO, ALMACENAMIENTO Y TÉRMICAS EN EL SECTOR RESIDENCIAL« es el programa por el que la Agencia Andaluza de la energía establece ayudas para instalación de autoconsumo fotovoltaico y baterías. Éste se marca dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Ministerio para la Transición ecológica y el reto demográfico, que a su vez está financiado por la Unión Europea mediante los fondos del plan NextGenerationEU.

Programa de incentivos para energías renovables en autoconsumo, almacenamiento y térmicas en el sector residencial

El plazo para presentar las solicitudes se abre el 2 de diciembre de 2021. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación, esto significa que cuanto antes lo solicites mayor será la probabilidad de que sea concedida.

¿Cómo puedo acogerme a la ayuda para mi instalación de autoconsumo?

Con estos sencillos pasos, puedes beneficiarte de esta ayuda y comenzar a producir tu propia energía limpia.

Pasos solicitar la ayuda para autoconsumo
  1. Estudio previo: en menos de 48 horas puedes tener un estudio completo totalmente gratuito y sin compromiso.
  2. Aceptación de presupuesto: si tras analizar el estudio técnico, tiene interés en la instalación, un técnico se desplazará para comprobar «in situ» la viabilidad de la instalación y aclarar todas las dudas.
  3. Presentación de solicitud: Helioesfera se encargará de todo el trámite administrativo para presentar la solicitud en nombre del cliente.
  4. Ejecución: Helioesfera se encarga realizar una instalación llave en mano de tu instalación de autoconsumo fotovoltaico.
  5. Resolución y pago: una vez concedida la ayuda, ésta será ingresada directamente por la Agencia Andaluza de la Energía en la cuenta facilitada por el cliente en un plazo máximo de 6 meses.

La solicitud la puede presentar el propio beneficiario o a través de alguna empresa adherida a este programa. Desde Helioesfera nos ofrecemos a tramitar tu solicitud sin coste alguno, sólo tienes que rellenar el formulario y adjuntar una factura eléctrica y una foto de la vivienda para que podamos elaborar un estudio completo con el presupuesto incluido.

Marco legislativo:

Las bases reguladoras de este programa, están recogidas en el Real Decreto 477/2021 y contextualizado en Andalucía a través de la Agencia Andaluza de la energía en la Resolución de 28 de septiembre de 2021.

BOE R.D. 477/2021
BOJA 28 septiembre 2021

¿Cúales son los programas incentivables?

Las actuaciones incentivables están agrupadas en seis programas:

  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólicas o fotovoltaicas), en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólicas o fotovoltaicas), en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. Solo serán consideradas elegibles instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no son elegibles).
  • Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (eólicas o fotovoltaicas), en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (entidades privadas sin ánimo de lucro), con o sin almacenamiento. Estos beneficiarios deberán consumir anualmente al menos el 80% de la energía generada con la instalación fotovoltaica o eólica. 

​NOTA: La potencia máxima a incentivar en las instalaciones de autoconsumo eólicas o fotovoltaicas de los Programas 1, 2 y 4 será de 5.000 kW.

  • Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. Solo serán consideradas elegibles instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no son elegibles).
  • Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial destinadas a la climatización y agua caliente sanitaria. Se incluyen las tecnologías solar térmica, geotérmica, hidrotérmica, aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) y biomasa.

¿Cúales es la cuantías de las ayudas para autoconsumo?

Programas 1, 2 y 3: Ayudas para instalaciones de autoconsumo y almacenamiento en empresas (sector terciario).

Gran empresaMediana empresaPequeña empresa
Programa 1 y 2
(autoconsumo)
15 – 30 %25 – 40%35 – 50 %
Programa 1, 2 y 3
(almacenamiento)
45 %55%65%

Programa 4 y 5: Ayudas para instalaciones de autoconsumo y almacenamiento en viviendas (sector residencial).

Sector residencialAdministraciones públicas y sector terciario
Autoconsumo fotovoltaico300 – 600 €/kWp500 – 1.000 €/kWp
Autoconsumo fotovoltaico colectivo355 – 710 €/kWp555 – 1.110 €/kWp
Autoconsumo eólico650 – 2.900 €/kW1.150 – 4.100 €/kW
Autoconsumo eólico colectivo775 – 3.350 €/kW1.275 – 4.550 €/kW

Programa 6: Ayudas para nuevas distribuciones interiores de climatización y circuitos hidráulicos.

Sector residencialAdministraciones públicas y sector terciario
Instalaciones de aerotermia500 €/kW
(3.000 €/vivienda)
650 €/kW
(3.900 €/vivienda)
Instalaciones solares térmicas450 – 900 €/kW
(550 – 1.800 €/vivienda)
650 – 950 €/kW
(820 – 1.850 €/vivienda)
Biomasa250 €/kW
(2.500 – 3.000 €/vivienda)
350 €/kW
(3.500 – 4.200 €/vivienda)
Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas1.600 – 2.250 €/kW
(9.000 – 13.500 €/vivienda)
1.700 – 2.250 €/kW
(9.550 – 13.500 €/vivienda)

¿Quiénes son los beneficiarios?

Programas 1,2 y3Programas 4, 5 y 6Programa 6
Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas (*)Personas físicas y autónomosEntidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro.
Empresas de servicios energéticos (ESEs)Entidades locales y el sector público institucionalPersonas jurídicas, que acrediten la puesta a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales
Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energíaPersonas jurídicas (**)
Entidades locales y el sector público institucionalComunidades de propietarios
Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía (**)
(**) No pueden beneficiarse del programa de incentivo 6